PRINCIPALES ASPECTOS A TENER EN CUENTA DENTRO DE UN PROCEDIMIENTO DE COBRANZA COACTIVA INICIADO POR LA SUNAT

Tal como ha indicado el Tribunal Constitucional, a la sazón, supremo intérprete de la Constitución, en la Sentencia emitida en el Expediente N° 774-99-AA/TC, el procedimiento de ejecución coactiva es la facultad que tienen algunas entidades de la Administración Pública para hacer cumplir actos administrativos emitidos por la misma Administración, es decir, las obligaciones exigibles deben provenir de materias propias de las funciones que cada entidad tiene, basadas en el reconocimiento que cada ley especial ha considerado para cada Administración, es decir, siempre dentro de un marco normativo, razón por la cual extender el principio de autotutela en el que se basa la ejecución coactiva a obligaciones no originadas en la función de cada administración ocasionaría posibles violaciones a los derechos fundamentales y otorgaría poderes a los ejecutores coactivos que no son propios de su función.
Contenido
| Título: | PRINCIPALES ASPECTOS A TENER EN CUENTA DENTRO DE UN PROCEDIMIENTO DE COBRANZA COACTIVA INICIADO POR LA SUNAT |
| Materiales y palabras clave: | — |
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| Idioma: | ESPAÑOL |
| Relación: | — |
| Cobertura: | — |
Propiedad intelectual
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Instancaciación
| Fecha: | 2020 |
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